¿Qué ocurre cuando una empresa no paga puntualmente a un trabajador de forma reiterada? ¿Puede el trabajador ejercer alguna acción frente a este incumplimiento?
Pues bien, en muchas ocasiones los trabajadores no suelen reaccionar ni tomar medida alguna desconociendo los derechos que le amparan en este caso. Recientemente nos ha sido estimada en vía judicial una extinción de la relación laboral indemnizada a favor del trabajador como consecuencia de reiterados incumplimientos por parte de la empresa.
El trabajador, ante determinados contratiempos, tiene la facultad de solicitar la extinción del contrato de trabajo por su propia iniciativa, siempre y cuando queden acreditadas tales circunstancias. La extinción en este caso pese a ser instada por el trabajador sería equiparada al despido improcedente y por ende el trabajador tendría derecho a indemnización y a encontrarse en situación legal de desempleo para solicitar la correspondiente prestación.
Dichos supuestos pueden ser:
- Impagos de salario.
- Retrasos reiterados en el pago del salario.
- Cambios en las condiciones sustanciales del trabajo sin respetar lo dispuesto en la normativa laboral.
- Otros incumplimientos graves del empresario.
En este caso, como ya comentamos ut supra, nos vamos a centrar en los retrasos continuados en el pago del salario.
Para poder solicitar la rescisión, la jurisprudencia, considera necesarios los siguientes requisitos:
- Que los retrasos sean continuados en el tiempo.
- Que los mismos sean de una entidad relevante en función de la media de días en los que se materializa el retraso.
- Que se trate de una causa objetiva, independiente de la situación económica de la empresa.
Nuestro despacho Prieto y Arfaoui Abogados está a disposición tanto de trabajadores como de empresas que puedan verse involucrados en dichos conflictos.
Desde el punto de vista de la empresa, en el supuesto de que tenga problemas para abonar puntualmente el salario, analizaremos la situación económica y financiera para poder reconducir la situación y levar a cabo una negociación con los trabajadores potencialmente afectados en aras a conseguir una solución que beneficie a todas las partes involucradas en una relación laboral.
Desde el punto de vista del trabajador, procedemos a valorar si esos retrasos cumplen los requisitos exigidos para ser considerados causa suficiente de extinción indemnizada del contrato de trabajo, así como, en función de lo que le convenga al cliente, entablar una negociación con la empresa, solicitar medidas cautelares ante el Juzgado de lo Social para velar por sus intereses o proceder a la demanda por extinción de la relación laboral y reclamar la indemnización correspondiente en función de su antigüedad en la empresa.
Consúltenos sin compromiso.